Instructivo para la realización de las denuncias


¿Qué es una Denuncia?

Una denuncia es poner en conocimiento del H. Tribunal de Cuentas hechos, actos u omisiones relativos a:

1) Posibles daños fiscales provocados al estado provincial o municipal.

2) Incumplimiento de las normas aplicables a las funciones administrativas.

3) Conductas contrarias a las buenas prácticas de administración gubernamental.

4) La utilización inadecuada de los recursos públicos provinciales y/o municipales.


¿Cómo se puede presentar una Denuncia? 

Usted puede presentar su denuncia a nombre propio a través de los siguientes medios:

  • Personalmente: podrá dirigirse a la Mesa de Entradas, sita en calle 12 entre 53 y 54 tercer piso- Torre II, La Plata, provincia de Buenos Aires.
  • Por internet: en la página web www.htc.gba.gov.ar dirigiéndose a la presente sección, “Canal de Denuncias“ y, posteriormente, accediendo al botón “Interponga su denuncia”.
  • Por correo electrónico a: mesadeentradas@htc.gba.gov.ar 

¿Cómo es el trámite de la denuncia web?

Toda denuncia ingresada se incorporará al sistema informático y recibirá un número identificatorio correlativo asignado automáticamente por el sistema.

Ese número será el que permita el seguimiento y consulta del trámite vía web.

La denuncia deberá contener de un modo claro la relación del hecho con la circunstancia del lugar, tiempo y modo de ejecución y la indicación de sus autores y partícipes damnificados, testigos y demás elementos que puedan conducir a su comprobación (artículo 83 del Decreto Ley N° 7647/70).

Posteriormente, el H. Tribunal de Cuentas analizará la denuncia y determinará su viabilidad, comunicando la decisión a través del sistema. 

En caso de no resultar viable, se indicará el motivo al denunciante. Si la denuncia resulta admisible, el Tribunal procederá a su tratamiento.

En caso de resultar pertinente se dará traslado a los denunciados a efectos de ejercer su derecho de defensa (artículo 15 de la Constitución Provincial).

Concluida la sustanciación de la denuncia, el Tribunal dispondrá la publicación de su Resolución en el sistema para conocimiento del denunciante.


¿Qué debe contener una denuncia?

La presentación de una denuncia tiene que estar dirigida al Señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el o los denunciantes e indicar domicilio, teléfono y mail de contacto.

La denuncia tiene que indicar el ente, ejercicio, personas involucradas, describir los hechos denunciados y de corresponder adjuntar la documentación respaldatoria.


¿Cuánto tiempo se deberá esperar para obtener los resultados de la Investigación correspondiente a una denuncia?

No existe un plazo legal establecido, de manera que para el trámite de este procedimiento deben aplicarse los principios de razonabilidad y proporcionalidad.


¿Pueden caber sanciones a los funcionarios implicados en la denuncia formulada? 

Si del tratamiento de la denuncia surgiera la posibilidad de inobservancia o apartamiento de la normativa aplicable al caso, se podrán derivar las actuaciones al estudio de la cuenta, expediente o se dispondrá la instrucción del sumario administrativo correspondiente, pudiendo aplicarse las sanciones previstas en el artículo 16 de la Ley N° 10869 a los responsables.

En caso de que la sanción sea pecuniaria (multas y/o cargos), se fijará un plazo para que el funcionario proceda a depositar dicho importe. Caso contrario el fiscal de Estado podrá iniciar las acciones para la ejecución de las resoluciones del Tribunal (artículo 159 Constitución Provincial).

Cabe destacar que las sanciones pueden ser recurridas ante el Tribunal o en sede judicial ante el fuero en lo contencioso administrativo.