Medidas excepcionales del HTC por la pandemia del coronavirus (COVID-19)
23 de marzo de 2020

El jueves 19 de marzo, ocho horas antes del anuncio presidencial que dispuso el aislamiento social preventivo obligatorio, el Cuerpo de este Tribunal dictó una resolución extraordinaria a partir de la pandemia declarada en relación con el coronavirus (COVID-19), y de acuerdo con las medidas dictadas por el Gobierno nacional y por el Gobernador de la provincia de Buenos Aires.
El Tribunal de Cuentas no sólo dispuso los medios necesarios para que su personal pueda atender sus tareas desde sus domicilios, respetando la cuarentena ordenada por el Presidente de la Nación, sino que también dispuso una serie de medidas extraordinarias.
Se decidió reorganizar el funcionamiento del Tribunal de Cuentas, a efectos de contribuir con la disminución de la circulación del virus de acuerdo a las medidas dispuestas por los gobiernos nacional y provincial y con la finalidad de favorecer el distanciamiento social, se procedió a dispensar del deber de asistencia al personal hasta el 31 de marzo de 2020, y se dispusieron los medios para que puedan realizar sus tareas habituales desde su hogar.
Como medida extraordinaria, se dispuso, a partir del día 19 de marzo 2020 y hasta el día 31 de marzo de 2020 inclusive, la suspensión de los términos y plazos procedimentales en el ámbito del Honorable Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de la validez de los actos que en ese transcurso se cumplan.
También, de manera extraordinaria, se acordó que el Tribunal de Cuentas no formulará observaciones por remisión fuera de término a las rendiciones de cuentas municipales que se presenten a sus Delegaciones con posterioridad al 31 de marzo del corriente, siempre y cuando la causa de la demora responda a la situación de emergencia sanitaria declarada y la dilación sea proporcional al plazo en que los términos procedimentales por ante este organismo hayan quedado suspendidos.
El 1 de abril primero, y nuevamente el lunes 13 de abril el Presidente del HTC, Dr. Eduardo Grinberg, dispuso prorrogar los plazos previstos para la vigencia de estas disposiciones, hasta el 26 de abril de 2020 inclusive, mediante la Resolución 39/2020, en la que también dispensó de concurrir al lugar de trabajo al Plantel de Guardias Mínimas que fuera establecido al inicio de estas medidas excepcionales.